Anses anunció cambios en la forma de tramitar el cobro de una pensión por otra persona en el caso de que el jubilado haya fallecido.
A la pensión derivada por fallecimiento de un jubilado pueden acceder el cónyuge, conviviente previsional e hijos menores de 18 años (o mayores con discapacidad) del jubilado fallecido.
Los requisitos para solicitar la prestación son diferentes en cada caso:
Cónyuge: debe tener la partida de matrimonio actualizada (emitida hasta 1 año anterior a la fecha de solicitud de la pensión y no más de 6 meses anteriores al fallecimiento). 
- Conviviente: en este caso, hay que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen hijos reconocidos por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
- Hijos: ser menor de 18 años y soltero. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido. En estos casos el trámite se hace de manera presencial.
La documentación a presentar, al igual que los requisitos, son diferentes en cada caso.
Sobre la documentación del jubilado fallecido, lo solicitado en todos los casos es la misma:
- Partida de defunción.
- Formulario Información Bancaria (PS 6.76), sólo en caso de no encontrarse registrada esta información en Anses.
Del cónyuge o conviviente:
- DNI. 
- Formulario Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562 (PS 6.9)
- Si la persona fallecida se jubiló por moratoria (Ley 24.476) y existieran cuotas pendientes de pago se deberá presentar el Formulario Aceptación de descuento de cuota de moratoria de la prestación de pensión (PS 6.279)
- Formulario Declaración Jurada  sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al Sipa o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad (PS 6.284).
Del hijo incapacitado para trabajar:
- Formulario Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562 (PS 6.9)
- Formulario Declaración Jurada dependencia económica titular (PS 6.12)
- Formulario Declaración Jurada dependencia económica testimonial (PS 6.13).
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- Cómo realizar el trámite por internet:
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Para solicitar la pensión por internet es necesario que los datos personales del solicitante y los del fallecimiento del jubilado se encuentren acreditados.
Además, se debe tener la partida de matrimonio actualizada con una fecha no mayor a 6 meses anteriores al fallecimiento o convivencia previsional acreditada dentro del mismo período.
Fecha máxima para solicitar la prestación
Para hacer este trámite por internet deben haber transcurrido entre 10 días hábiles y hasta 6 meses desde la fecha de fallecimiento del jubilado.
Cumplido este plazo deberás realizarlo presencialmente en una oficina de Anses.
Paso por paso: como tramitarlo por mi Anses
Primero, se debe ingresar a mi Anses con el cuil y clave de la seguridad social. Revisar que la información personal y vínculos familiares estén registrados y actualizados.
Segundo, hay que solicitar la pensión derivada. En el menú mi Anses, seleccionar Solicitud de Prestaciones > Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado y seguir los pasos.
Tener a mano:
El número de cuil , el del jubilado fallecido y de tus hijos (si corresponde)
El número de la prestación de jubilación del titular fallecido.
Por último, se debe verificar la solicitud. A partir de las 72 h de haber realizado la solicitud, se puede hacer el seguimiento a través de mi Anses. Se va a recibir un correo electrónico con el resultado una vez finalizado.